CISEN debe revelar a cuántas personas espió sin orden judicial: Suprema Corte

El Centro de Investigación y Seguridad Nacional (CISEN) debe informar sobre la el número de personas y dispositivos electrónicos que espió sin orden judicial durante 2014, resolvió este lunes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

“Se trata de información estadística y no de información que tenga que ver con las actividades materiales, procesos, métodos o tecnologías (…) ni con el producto o material de ejecución de una intervención”

Proyecto

El Centro de Investigación y Seguridad Nacional (CISEN) debe informar sobre la el número de personas y dispositivos electrónicos que espió sin orden judicial durante 2014, resolvió este lunes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Con 10 votos a favor y sólo uno en contra, los ministros aprobaron el proyecto que planteaba que entregar estos datos no atenta contra la seguridad nacional, pues no se estaría revelando nombres, ni direcciones, sino sólo estadísticas sobre intervención sin orden judicial.

Se trata de información estadística y no de información que tenga que ver con las actividades materiales, procesos, métodos o tecnologías (…) ni con el producto o material de ejecución de una intervención”, señala el proyecto elaborado por José Ramón Cossío.

Los ministros también avalaron que existan límites sobre la entrega de los datos requeridos, porque en algunas ocasiones extraordinarias se podría poner en riesgo la seguridad nacional, esto a petición del ministro Eduardo Medina, ex director del CISEN.

La Red para la Defensa de los Derechos Humanos Digitales solicitó los datos relativos al espionaje realizado en 2014. El instituto Nacional de Transparencia (INAI) determinó que el CISEN sí estaba obligado a revelar las cantidad solicitada.

Sin embargo, la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República impugnó la resolución del INAI, pues dijo esas cifras podrían vulnerar la seguridad del Estado Mexicano. Así la Red para la Defensa llevó el caso hasta la Corte, la cual confirmó la resolución del INAI.

 

Te puede interesar