Avanza iniciativa #MenstruaciónDigna en México

La SCJN admitió hace unos días la acción de inconstitucionalidad en contra del IVA a productos de higiene menstrual que fue bloqueada en el 2020 por diputados de Morena; legisladoras y activistas dicen que es un primer paso contra la desigualdad de género

Diputadas federales y organizaciones civiles que impulsaron la iniciativa Menstruación Digna ven como un primer paso que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitiera la acción de inconstitucionalidad en contra del IVA a productos de higiene menstrual.

La acción de inconstitucionalidad fue presentada después de que en septiembre de 2020, un bloque de diputados de Morena impidió que avanzara la iniciativa de legisladoras de diversos partidos para eliminar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 16 por ciento a estos productos por considerarlo discriminatorio para las mujeres.

En conferencia de prensa, legisladoras y activistas que impulsaron la iniciativa celebraron que la acción haya sido admitida a discusión por la SCJN hace unos días por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena; y lo consideran un primer paso contra la desigualdad de género que existe en México.

“Lo que queremos es que la corte decida si es constitucional que los productos de higiene menstrual tengan el 16 por ciento, si es una norma discriminatoria, si es una norma que implica un sacrificio desproporcional para la mujeres.

“Porque si bien es cierto que todas menstruamos, no todas tenemos la misma capacidad adquisitiva, pero todas tienen que pagar el impuesto y no es como en otros productos que el impuesto al valor agregado de ‘los que más tienen compran un producto de lujo y los que menos tienen compran un producto que no sea de lujo’. Aquí los productos de higiene menstrual son los productos de higiene menstrual, no hay mucha diferencia entre uno y otro”, explicó la abogada Luisa Conesa.

La experta señaló que después de la admisión sigue un proceso de varios meses y se espera que después del verano se tenga una propuesta y el asunto pueda ser escuchado en el Pleno de la Corte donde se necesitan ocho ministros para invalidar la norma general.

Mencionó que al aceptar esta acción, la Corte se enfrenta a la pregunta constitucional de que si la acción es un mecanismo especial para proteger minorías, “¿esta protección solamente existe cuando se emite una reforma que es inconstitucional por discriminatoria? o ¿puede existir como en este caso, una protección cuando la minoría intenta reforzar una norma que, estima, confirma una discriminación histórica y la mayoría se niega?”.

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“En ese sentido el planteamiento es novedoso y es importante, porque de admitir la corte la procedencia en esta acción se abre la puerta a distintas normas que tengan características como esta, que son normas de discriminación histórica”, dijo.

Al respecto, la diputada Martha Tagle señaló que con esta acción no se busca impugnar un impuesto en particular o se está diciendo que se está a favor de la tasa cero o de una excepción.

“Lo que la Corte lo que determinaría sería una posibilidad de que mandatara al Legislativo a que modificara el marco legal discriminatorio en esta materia y que sea el Legislativo el que determine cuál es la vía legal para modificar justamente del impuesto discriminatorio”.

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