CIUDAD DE MÉXICO, 01MARZO2017.- Un señor del estado de Oaxaca, se manifestó frente al edificio de SEDESOL. La protesta la realizó quitandose por completo su vestimenta exigiendo el pago de pensión que le fue retirado hace seis meses.
FOTO: ARMANDO MONROY /CUARTOSCURO.COM

Auditoría apunta a outsourcing ilegal en Sedesol

La Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol, hoy Secretaría del Bienestar) subcontrató a personal sin contar con autorización de las unidades administrativas y sin revisar a las empresas

La ASF emite la Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria para que el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Bienestar o su equivalente realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente por las irregularidades de los servidores públicos que, en su gestión, dieron como recibidos, a entera satisfacción, los servicios del personal subcontratado sin contar con la validación previa de los titulares de las unidades administrativas en las que el personal prestó los servicios”, se explica en el pliego de peticiones de la Auditoría Superior de la Federación.

La Dirección General de Recursos Humanos -dice el documento- no acreditó el cumplimiento de dichas condiciones antes de la contratación del personal, e informó que su firma en el reporte de resultados constituyó el medio de validación para asegurar que las actividades que desempeñó el personal subcontratado era de carácter especializado.

Es decir, la Dirección de Recursos Humanos, como área contratante, no evaluó las condiciones a cumplir.

“Sólo se validó mediante escrito de manifestación bajo protesta de la empresa; no demostraron que informaron trimestralmente al Instituto Mexicano del Seguro Social y al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores sobre los contratos y el convenio celebrados con Intermex Comercializadora Internacional, S.A. de C.V., y Grupo Empresarial Grecopa, S.A. de C.V., y no obtuvieron de estas empresas copia de los comprobantes fiscales por concepto de pago de salarios de los trabajadores que le hayan proporcionado el servicio subcontratado”, refiere la información.

La Auditoría revisó un universo de 946 millones de pesos que representan el 29.6% del presupuesto ejercido por 3 mil 193 millones, de acuerdo con la información.

Dentro de este universo se utilizaron los recursos para el arrendamiento de equipo y bienes informáticos, consultorías para programas o proyectos financiados por organismos internacionales, subcontratación de servicios con terceros y servicios integrales, entre otras denominaciones.

La información indica que ese personal subcontratado laboró como asesor de proyectos, asesor administrativo, técnico de campo, técnico administrativo, y tuvo salarios entre 7 y 70 mil pesos mensuales.

Otro punto que destacó la Auditoría es que no se respetaron los montos de acuerdo con el perfil del personal.

En la revisión de los doocumentos, la -asf constató que algunas de las personas contratadas no se presentaron a trabajar y se les pagó más de lo acordado en los contratos.

“Se determinó que a 7 personas se les pagó un importe por 381.3 miles de pesos, los cuales el prestador de servicios, para efecto del cobro de sus servicios a la Sedesol, los consideró en su documento “Integración Factura GRE07 (por días ordinarios)”; al respecto, se constató que las 7 personas contaron con su contrato individual formalizado con la empresa, sin embargo, la dependencia no presentó los documentos que acrediten que prestaron sus servicios del 23 al 30 de abril de 2018, y que se les efectuó los pagos por concepto de sueldos”, expone la información.

La ASF considera que la Sedesol pagó un importe de 9.7 millones de pesos a 179 personas que no cumplieron con el perfil y sin documentos que comprueben que el servicio pagado del 23 al 30 de abril de 2018 se devengó.

La recomendación de la Auditoría es que se deje de utilizar el esquema de subcontratación o outsourcing, ya que este caso no es el único de subcontratación que se expone en la Cuenta Pública 2018.

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