Aprueban Ley Ingrid en Edomex para castigar a quienes filtren imágenes de víctimas

Aprueban Ley Ingrid en Edomex para castigar a quienes filtren imágenes de víctimas

El Estado de México aprobó la Ley Ingrid para castigar con hasta 8 años de prisión a los funcionarios que filtren imágenes de víctimas

El Congreso del Estado de México aprobó por unanimidad la Ley Ingrid para castigar, hasta con ocho años de prisión, a los funcionarios públicos que filtren imágenes o información de víctimas; el delito tiene agravantes cuando se trate de mujeres menores o mayores de edad.

Para ello, se adicionó el artículo 227 Bis al Código Penal local, donde establece una pena de 3 a 6 años de prisión y multa por un importe equivalente de 50 a 100 veces el valor diario de la unidad de medida y actualización, a quien:

“por cualquier medio y fuera de los supuestos autorizados por la Ley, audiograbe, comercialice, comparta, difunda, distribuya, entregue, exponga, envíe, filme, fotografíe, intercambie, oferte, publique, remita, reproduzca, revele, transmita o videograbe, imágenes, audios, videos o documentos de cadáveres o parte de ellos que se encuentren relacionados con una investigación penal, de las circunstancias de la muerte o de las lesiones que éstos presentan”.

Además de las víctimas mujeres, niñas y adolescentes, otra agravante es cuando la información constituya una posible lesión a la dignidad humana o memoria de las personas, cuando éstas sean víctimas directas o indirectas del delito.

“No se puede seguir lucrando con la dignidad y la integridad de las víctimas y sus familiares”, dijo la diputada Beatriz García Villegas, promotora de la legislación.

“La revictimización no puede volverse costumbre, y ser solo espectadores de lo que se comparte y difunde, se expone o se envía en cualquier medio, principalmente a través de páginas amarillistas, redes sociales, audios, imágenes y videos de cualquier mujer que ha perdido la vida como víctima de un homicidio o feminicidio”.

Por otro lado, las penas incrementarán hasta en una mitad si el material divulgado refiere a videos o imágenes sobre la circunstancia de la muerte o sobre los cadáveres de mujeres, niñas o adolescentes; así como lesiones o estado de salud.

El Estado de México es la cuarta entidad a nivel nacional que tipificó la conducta, cuyo origen se encuentra en el feminicidio de Ingrid Escamilla, asesinada en febrero del año pasado en la Ciudad de México por su pareja sentimental.

En ese momento, su cadáver descuartizado fue fotografiado y filtrado por los policías que acudieron a la escena del crimen, por lo que las imágenes comenzaron a circular en redes sociales y páginas web acompañado de titulares sensacionalistas.

Las otras entidades que castigan a funcionarios por el delito de filtrar imágenes son Colima, en su artículo 240 Bis; Oaxaca, en el artículo 201 fracción VII; y en la Ciudad de México, en el artículo 293 Quarter.

Además, a nivel federal se presentó una iniciativa en la Cámara de Senadores para reformar la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y la Ley sobre Delitos de Imprenta, con el objetivo de prohibir la difusión de imágenes que revictimizan a las personas.

Te puede interesar: A un año del feminicidio de Ingrid Escamilla

Te puede interesar