Alcaldías de la Ciudad de México abusan de las adjudicaciones directas

Burlando la Ley de Adquisiciones de la Ciudad de México cinco alcaldías encabezan la lista de las que más han adjudicado directamente en sus adquisiciones y compras
David Martínez David Martínez Publicado el
Comparte esta nota

Varias alcaldías de la Ciudad de México repiten los mismos vicios que en el pasado: abusan de la adjudicación directa.

Esto a pesar de que las leyes locales señalan que la mayoría de las adquisiciones y compras tienen que ser por licitación pública, mientras que la adjudicación directa debe ser la excepción.

Las cinco alcaldías que más han adjudicado directamente son Álvaro Obregón, Azcapotzalco, Tlalpan, Cuajimalpa y Tláhuac, revela la información consultada.

Según los datos, Álvaro Obregón, que gobierna Lía Limón, llevó a cabo durante el lapso referido un total de 169 contrataciones, de las cuales, 166 (98.3 por ciento) fueron adjudicadas sin concurso.

Después, sigue la alcaldía Azcapotzalco, encabezada por Margarita Saldaña, que durante el periodo mencionado realizó un total de 268 compras, de las cuales, 260 (97.1 por ciento), fueron otorgadas directamente.

En tercer lugar está el gobierno de Alfa González en Tlalpan, que durante los primeros seis meses de administración realizó 142 contrataciones y 135 (el 96 por ciento) a través de adjudicación directa.

Por otra parte, en cuarto lugar está Cuajimalpa cuya administración celebró 70 contratos, el 88 por ciento, 61, fueron otorgados directamente.

Y en quinto lugar, se encuentra la demarcación que gobierna Berenice Hernández, Tláhuac, y que durante el lapso mencionado llevó a cabo 65 contrataciones, de las cuales, 54 (84 por ciento), fueron sin concurso de licitación.

Las demás alcaldías adjudicaron directamente en porcentajes que van del 49 al 80 por ciento.

Entre ellas, las demarcaciones que menos recurrieron a la adjudicación directa, está Venustiano Carranza, que de octubre a marzo pasado efectuó 84 contrataciones, 54 sin concurso de licitación, 64 por ciento.

Mientras que Iztapalapa es la alcaldía que menos recurrió a la adjudicación directa: en el periodo referido celebró 384 compras, de las cuales, el 49 por ciento, 189, fueron otorgadas sin concurso de licitación.

Las demarcaciones que menos recurrieron a la adjudicación directa fueron Iztapalapa y Venustiano Carranza

La violación

Las alcaldías van por mal camino y podrían cometer una violación a la Ley de Adquisiciones de la Ciudad de México si no reducen su volumen de adjudicaciones directas.

 “Las adjudicaciones directas no podrán exceder del 20 por ciento del volumen anual de adquisiciones, arrendamientos y prestaciones de servicios autorizados, para las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones o entidades”, establece el artículo 55 de la norma local.

“Las adjudicaciones directas no podrán exceder del 20 por ciento del volumen anual de adquisiciones, arrendamientos y prestaciones de servicios autorizados, para las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones o entidades”
Ley de Adquisiciones de la Ciudad de MéxicoArtículo 55

Ese mismo apartado detalla los casos de excepción a la licitación en los que está totalmente justificada la adjudicación sin competencia.

Dicho artículo indica que se puede recurrir a la adjudicación sin concurso cuando un proveedor tenga la patente del bien requerido; o cuando peligre o se altere el orden social, la economía, los servicios públicos, la salubridad, la seguridad o el ambiente de alguna zona o región.

Se puede recurrir a la adjudicación sin concurso cuando un proveedor tenga la patente del bien requerido; o cuando peligre o se altere el orden de alguna zona o región

También pueden adjudicar de manera directa en casos de desastres producidos por casos fortuitos o de fuerza mayor; cuando se trata de bienes perecederos como alimentos o medicamentos; y, por último, si se cancela un acuerdo por causas imputables al proveedor.

No obstante, el marco legal recalca que pese a los casos de excepción, las adjudicaciones sin licitación no deben rebasar el 20 por ciento de las compras durante un ejercicio y solo podrán rebasar esa cantidad cuando el titular de la entidad o dependencia lo autorice.

“La suma de las operaciones que se realicen conforme a este artículo no podrán exceder del 20 por ciento de su volumen anual de adquisiciones, arrendamiento y prestación de servicios autorizado para la dependencia, órgano desconcentrado, delegación o entidad.

“En casos excepcionales, las operaciones previstas en este artículo podrán exceder el porcentaje indicado, siempre que las mismas sean aprobadas previamente por los titulares de las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades, bajo su estricta responsabilidad, y que sean registradas detalladamente en el informe que mensualmente será presentado al Comité o Subcomité, según sea el caso”, explica.

Práctica antigua en las alcaldías

Adjudicar directamente es una práctica recurrente en las demarcaciones territoriales de la capital.

El 7 de octubre de 2021, Reporte Índigo publicó el texto “Pandemia de adjudicaciones en las alcaldías” en el que reveló que el 90 por ciento de lo gastado durante 2020 y la pandemia de COVID-19 fue a través de la adjudicación directa.

El motivo fue la emergencia sanitaria que atravesaba el país y la Ciudad de México.

También se dio a conocer que el monto total erogado en la atención de la pandemia ascendió a 450 millones de pesos.

Con la declaratoria de emergencia sanitaria del 23 de marzo de 2020, los gobiernos tuvieron la posibilidad de rebasar el límite de adjudicaciones directas: una de las excepciones a la ley es cuando la salud de la población esté en riesgo.

Al respecto, especialistas indicaron que era necesario fiscalizar dicho gasto pues la mayoría se había hecho de manera discrecional por lo que existía el riesgo de que las alcaldías cometieran actos de corrupción.

También puedes leer: Gastos irregulares en alcaldías de CDMX por COVID-19

Show Player
Síguenos en Google News para estar al día
Salir de la versión móvil