Ahora los tribunales militares también juzgarán delitos de orden civil

La Suprema Corte de Justicia ha concluido que tribunales militares pueden juzgar delitos de orden civil, siempre y cuando se lleven a cabo por lo militares en actos de servicio y guarden una estricta conexión con la disciplina castrense

Gracias a un militar corrupto que intentaba evadir la justicia de las Fuerzas Armadas al promover un amparo ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación y a la revisión que hizo ésta sobre el recurso legal, la SCJN  ha determinado que los tribunales militares son competentes para juzgar a los elementos militares por delitos de orden civil. 

El Pleno del Máximo Tribunal del País revocó la sentencia de amparo que en su momento había concedido a un comandante, que incumplió su misión de combatir al narcotráfico y de hecho fomento dicha actividad con sus acciones, motivo por el que fue imputado por los delitos contra la salud agravados y traición a las fuerzas armadas, de acuerdo a un comunicado de la Suprema Corte. 

Los delitos que le fueron imputados al militar, fueron considerados competencia de un juez civil; sin embargo durante la revisión del recurso promovido por el acusado, la SCJN concluyó que los tribunales militares son competentes para juzgar este tipo de delitos, siempre y cuando se lleven a cabo por lo militares en actos de servicio y guarden una estricta conexión con la disciplina castrense.  

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