Gestación subrogada, ¿un comercio que explota el cuerpo de la mujer?

De forma aproximada se calcula que un tratamiento de gestación por sustitución cuesta entre 100 mil y 150 mil pesos mexicanos, de acuerdo con INTERFERTILITY, una empresa de gestación subrogada internacional

El debate sobre la gestación subrogada es un tema polémico; mientras personas apoyan está práctica, hay otras que se oponen a lo que llaman vientres de alquiler.

Existen parejas heterosexuales y homosexuales que se encuentran imposibilitadas para procrear. Por ejemplo: hay mujeres que nacen sin útero o con anomalías uterinas graves y hombres que son estériles. Las parejas se preguntan, ¿por qué debo ser penalizada, si otros pueden ayudar?

Mientras que las personas que están en contra de está práctica aseguran que se trata de un comercio que explota el cuerpo de la mujer.

La gestación subrogada es un contrato a través del cual una mujer acepta gestar para una persona o pareja que tiene la intención de fungir como padre(s) o madre(s) de la niña o niño nacidos de dicho embarazo.

La práctica es conocida también con otros términos, como “renta de úteros”, “gestación por contrato” y “maternidad subrogada”; sin embargo, se considera lo más adecuado llamarlo gestación subrogada desde una perspectiva de derechos humanos.

De acuerdo con la organización GIRE, en muchas ocasiones este acuerdo es remunerado; en otras, se asume que la gestación se provee como una especie de “regalo” que no puede ser compensado económicamente.

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El precio depende de las necesidades de cada individuo y de los imprevistos que puedan surgir. Por ejemplo, si se requiere de donante de óvulos, o se trata de un embarazo múltiple, etc. el tratamiento se encarece.

De forma aproximada se calcula que un tratamiento de gestación por sustitución cuesta entre 100 mil y 150 mil pesos mexicanos, de acuerdo con INTERFERTILITY, la empresa española líder en gestación subrogada internacional.

En la mayoría de los casos se utilizan los gametos de los padres intencionales y/o de donantes de gametos, aunque también es posible —en algunos contextos y regulaciones— que la mujer gestante aporte su material genético.

Legislación en México

En abril de 2016, México aprobó por primera vez una reforma que regula la práctica de los vientres de alquiler a nivel nacional.

La medida inició con una propuesta para prohibir esta práctica y evitar la explotación de mujeres en condiciones más vulnerables.

En México, sólo dos entidades federativas permiten este tipo de contratos: Tabasco y Sinaloa. En ambos casos la legislación atiende temas de orden civil.

En Tabasco solo se permite la gestación subrogada altruista para parejas heterosexuales, mientras que en Sinaloa sólo es posible si existe una incapacidad médica en la pareja.

La reforma de la ley de salud contempla penas de seis a 17 años de prisión a aquella persona que realice o participe en un procedimiento de gestación subrogada con algún tipo de contraprestación en el resto del país.

Cabe señalar que los acuerdos de gestación subrogada utilizan técnicas de reproducción asistida, para el establecimiento del embarazo, la ausencia de una regulación sobre reproducción asistida en México afecta también las condiciones en las que se llevan a cabo estos contratos.

En este sentido, es urgente que tanto el Congreso de la Unión como la Secretaría de Salud atiendan sus obligaciones y emitan una normativa en el tema, compatible con los derechos humanos y con los avances de la ciencia. Mientras ésta no exista, las partes involucradas seguirán desprotegidas, vulnerables a diversas violaciones a sus derechos humanos, recomienda la organización.

La diputada Martha Tagle, del partido Movimiento Ciudadano, quien fue una de las personas que impulsó la legislación señaló en ese momento que: “la idea no es castigar, sino reconocer que en México se ha venido dando esta gestación sin un marco regulatorio.

“Los senadores llegamos a la conclusión de que prohibirlo sólo iba a conducir el tema a un mercado ilegal, que ya existe, poniendo en riesgo la vida de muchas mujeres”, expresó.

¿Falta legislar?

A través de una investigación realizada por GIRE se identificó una situación de regulación local deficiente en materia de gestación subrogada, ausencia de regulación federal en materia de reproducción asistida y múltiples violaciones a derechos humanos, incluidos el derecho a la no discriminación, el derecho a la seguridad jurídica y el derecho a la identidad.

Durante el acompañamiento de personas que han participado en este tipo de acuerdos en el estado de Tabasco revela patrones de abuso donde el Estado no ha cumplido con sus obligaciones de garantizar los derechos humanos de las partes.

Ante este panorama, el Estado debe encontrar la forma de proteger a las personas que desean ser padres y madres, a las mujeres que deciden gestar para otras familias y a las niñas y niños que nacen por este tipo de acuerdos.

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¿Qué dice en feminismo?

Una de las principales preocupaciones que se han expresado desde posturas feministas con respecto a la gestación subrogada son las condiciones de desigualdad en las que las mujeres gestantes firman sus contratos. Además, usar los úteros como objeto de comercio refuerza el estereotipo de las mujeres como fábricas de niños.

“En la práctica, las mujeres que son contratadas como madres gestantes se encuentran en precariedad económica, ante una falta de auténticas oportunidades laborales que les garanticen un salario digno con el cual cubrir sus necesidades básicas”, señala uno de los postulados.

En efecto, los contextos económicos y sociales en los que suele llevarse a cabo este ejercicio no deben desconocerse, pero es precisamente por ello que la regulación cobra relevancia.

Otro problema es el turismo reproductivo, este se da cuando hay acuerdos de gestación subrogada entre personas con distintas nacionalidades y/o países de residencia, el cual también debe ser legislado.

La maternidad subrogada es un derecho, pero lo que no es derecho es convertirla en una actividad comercial, puesto que está en peligro la dignidad de varias personas, por eso la ley debe regular bien esa figura, recomienda el abogado experto en derechos huanos, Jorge Luis Sastré Orosco.

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