Falta legislar la violencia digital

En 53.4% de los casos de ciberacoso no se identificó a las personas acosadoras, según la encuesta sobre la Disponibilidad y Uso de las Tecnologías de la Información en los Hogares
Montserrat Aguirre Montserrat Aguirre Publicado el
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La violencia contra las mujeres también es digital y se reproduce en línea mediante las redes sociales, que repiten patrones estructurales de inequidad entre hombres y mujeres, coincidieron feministas reunidas en la UNAM.

Según la Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de las Tecnologías de la Información en los Hogares (ENDUTIH) realizada en 2019, 101.5 millones de personas mayores de 12 años utilizan internet en México.

De la población usuaria de Internet, 23.9% declaró haber vivido alguna situación de acoso cibernético.

Los adolescentes y jóvenes son los más expuestos: 28.1% de los hombres de 12 a 19 años y 36.4% de las mujeres de 20 a 29 años, señalaron haber vivido algún tipo de ciberacoso.

Las situaciones que con mayor frecuencia viven las mujeres que sufrieron ciberacoso son: recibir insinuaciones o propuestas sexuales (40.3%), contacto mediante identidades falsas (35.3%) y recibir mensajes ofensivos (33.9%).

En 53.4% de los casos de ciberacoso no se identificó a las personas acosadoras, en 25.5% se logró detectar solo a personas conocidas, mientras que en 21% se identificó tanto a personas conocidas como desconocidas.

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Esto da un parámetro para conocer la situación en la que se encuentra el país respecto a la violencia digital que sufren las mujeres.

La denominada “Ley Olimpia” surge a raíz de la difusión de un video de contenido sexual no autorizado de una mujer en el estado de Puebla; derivado de ello se impulsó una iniciativa para reformar el Código Penal de dicha entidad y tipificar tales conductas como violación a la intimidad; acción que se ha replicado en 23 entidades federativas.

La “Ley Olimpia” no se refiere a una ley como tal, sino a un conjunto de reformas legislativas encaminadas a reconocer la violencia digital y sancionar los delitos que violen la intimidad sexual de las personas.

Tiene el objetivo de reconocer como crimen la violencia digital para hacer válidos los derechos de las mujeres y prohibir que se difunda, exponga, divulgue, almacene, comparta, trafique o lucre con imágenes o cualquier tipo de material (real o modificado) sin su consentimiento.

La Ley ya es vigente en Ciudad de México, Puebla, Aguascalientes, Baja California Sur, Chiapas, Coahuila, Durango, Guanajuato, Guerrero, Estado de México, Michoacán, Nuevo León, Oaxaca, Querétaro, Veracruz, Yucatán, Zacatecas, Tlaxcala, Jalisco, Colima, Quintana Roo, Jalisco, y Baja California.

Sin embargo, aunque es un gran paso en la protección de los derechos de las mujeres, existen algunos riesgos.

Investigadoras y expertas señalan que la llamada ‘Ley Olimpia’ se trabajó de forma superficial.

Para algunas expertas, como la investigadora Aimeé Vega Montiel, es preocupante que en estados como Chihuahua se aprobara una reforma que tomó la Ley Olimpia como referente y ahora se sanciona el sexting, una práctica que se realiza con consentimiento y que es parte de la libre expresión de la sexualidad.

Las modificaciones que se realizaron se pueden revertir hacia las víctimas, señala la especialista, pues explica que no se puntualiza quien es la víctima y quien el agresor.

El tema del consentimiento podría colocar al víctima como agresora por dar ‘consentimiento’. Además, es necesario señalar que las mujeres y los hombres no estamos en igualdad de condiciones y muchas ocasiones pueden ser obligadas a ‘consentir’ imágenes, videos o grabaciones.

Si lo que se busca es sancionar penalmente la difusión de imágenes sexuales que se almacenan o difunden sin permiso de las mujeres, el marco normativo existente ya da suficientes recursos para judicializar casos y lo que se requiere es un correcto funcionamiento del sistema de procuración de justicia, propone.

Lo que se debe reconocer es que gracias a la ‘Ley Olimpia’ se ha logrado visibilizar la violencia digital contra las mujeres en México.

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Es necesario debatir sobre el tema, crear leyes y analizar las ya existentes, coincidieron las especialistas en el encuentro “Ciber-Hacktivismos contra la violencia patriarcal”, organizado por el Centro de Investigaciones Interdisciplinarias en Ciencias y Humanidades (CEIICH).

Graciela Natansohn, de la Universidad Federal de Bahía, Brasil, y quien realiza un posdoctorado sobre el tema en el CEIICH, consideró necesario legislar y normar en México el uso de Internet, para evitar que se continúe violentando a las mujeres en los entornos digitales.

Entre los desafíos del nuevo contexto digital destacó el ámbito de la normatividad, la importancia de que los Estados asuman su responsabilidad para garantizar condiciones de seguridad y que las mujeres puedan tener un espacio digital seguro y expresarse libremente.

Candy Rodríguez, del Colectivo Insubordinadas la Chinampa Hack Lab, resaltó que las redes son esenciales para combatir la violencia, y Esmeralda Martínez, del mismo colectivo, propuso construir redes y hacer alianzas en la lucha contra la violencia digital de género.

En noviembre del año pasado, la diputada por Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Paula Soto Maldonado presentó una iniciativa para redefinir el concepto de violencia mediática en la Ley de Acceso a la Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México.

De acuerdo con CIMACM, desde 2017, la ley local reconoce la “violencia mediática contra las mujeres”, como aquella publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio de comunicación.

Por lo que la iniciativa de la legisladora pretende que la reforma abarque las nuevas tecnologías y las redes sociales.

La violencia mediática, según esta propuesta, es cualquier acto que, a través de medios de comunicación, internet, telecomunicaciones o las tecnologías de la información y la comunicación, utilice mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, entre otras consideraciones.

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