¿Cancelaron tu vuelo? Conoce qué puedes exigir en estos casos según la Profeco

¿Cancelaron tu vuelo? Conoce qué puedes exigir en estos casos según la Profeco

En caso de que uno de tus vuelos haya sido cancelado podrás exigir un reembolso; además la aerolínea podría ofrecer alimentos y hospedaje

Si tu vuelo se cancela o retrasa por horas, las Leyes de Aviación Civil y Federal te protegen, ya que hay una serie de derechos que deben ser respetados y cumplidos por las aerolíneas, de acuerdo con la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).

Vuelo cancelado: ¿Qué hacer?

La Profeco señala que si un vuelo se cancela podrás elegir tres opciones, siempre y cuando el motivo de la cancelación sea por una situación en la que la aerolínea sea responsable.

Así, indican que entre la primera de las opciones podrás pedir “el reintegro del precio del boleto o la parte no realizada del viaje”, esto último en caso de que se haya tratado de un vuelo con conexión y un tramo no se haya realizado.

Este reembolso también deberá incluir una indemnización extra no inferior al 25 por ciento del precio del boleto o la parte que no se pudo realizar del viaje, de acuerdo con las Leyes de Aviación Civil y Federal.

La segunda opción es que la aerolínea coloque al pasajero en el siguiente vuelo que esté disponible, además, deberá ofrecer “alimentos, alojamiento y transporte terrestre”, desde el aeropuerto y de regreso.

Mientras que la tercera opción es cambiar la fecha del boleto de avión que sea conveniente para el pasajero afectado hacia el mismo destino. En este caso, también le deberán pagar una indemnización del 25 por ciento del costo del vuelo.

Además, tanto en demoras como en cancelaciones el pasajero deberá tener acceso a llamadas y deberá poder enviar correos electrónicos sin ningún costo extra; las aerolíneas también podrían ofrecer alimentos, hospedaje y transporte en caso de que haya que esperar entre un vuelo y otro.

Finalmente, la Profeco señala que las compensaciones e indemnizaciones deberán “cubrirse en un periodo máximo de 10 días naturales posteriores a la reclamación, excepto en alimentos, bebidas y hospedaje, los cuales deberán cubrirse cuando ocurra el retraso, demora o cancelación”.

Las aerolíneas deben informar los vuelos cancelados

Tras la cancelación de 43 vuelos, tanto nacionales como internacionales, de Aeroméxico por el contagio de COVID que sufrieron pilotos, la Profeco solicitó que todas las aerolíneas deberán avisar con la mayor anticipación posible cualquier situación que afecte los vuelos programados.

Conoce más: Caos por ola de COVID en Aeroméxico: ‘No tomamos a la ligera cancelación de vuelos’

Lo anterior se debe a que “Ley de Aviación Civil establece que el pasajero tiene derecho a un trato digno y a contar con un alto nivel de información, que le permita conocer sus opciones y tomar alternativas en caso de requerirla”, por lo que las aerolíneas deben informar de forma rápida cualquier cambio en el itinerario.

Aunque la Profeco entendió la situación de los contagios por COVID, pidió a las aerolíneas “ofrecer a los consumidores alternativas para reprogramar sus vuelos o bien, obtener el reembolso del pasaje”.

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