El estímulo fiscal será aplicable respecto de las multas impuestas por las leyes fiscales, aduaneras y de comercio exterior, así como las multas derivadas del incumplimiento de obligaciones distintas a las de pago y multas con agraviantes. Foto: Especial

Proponen eliminación de multas ante el SAT

Con ese tipo de medidas, Rogelio Ramírez de la O, secretario de Hacienda, espera generar una tributación más eficiente

Para incentivar el pago de los impuestos, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), implementará un “estímulo fiscal” para los contribuyentes que tengan adeudos con la autoridad.

En la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación (ILIF) 2025 se propone un estímulo fiscal de 100 por ciento para las personas físicas y empresas que tengan multas, recargos y gastos de ejecución consecuencia de la notificación de un adeudo de impuestos.

La propuesta de la SHCP precisa que, para recibir el estímulo fiscal, los contribuyentes no tendrán que haber generado más de 35 millones de pesos anuales.

La ILIF 2025 refiere que el estímulo fiscal será aplicable respecto de las multas impuestas por las leyes fiscales, aduaneras y de comercio exterior, así como las multas derivadas del incumplimiento de obligaciones distintas a las de pago y multas con agraviantes.

En este orden de ideas, también el estímulo fiscal será aplicable respecto a los recargos y gastos de ejecución relacionados con contribuciones federales propias, retenidas, trasladadas o con cuotas compensatorias cuya administración y recaudación corresponda al SAT o a la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM).

Entre los requisitos para recibir el estímulo fiscal de 100 por ciento, el contribuyente no tiene que contar con medios de impugnación. En dado caso que se cuente con uno, la persona física o moral tendrá que desistir del mismo.

Cabe destacar que los medios de impugnación son el recurso de revocación ante el SAT, a través del buzón tributario, o un juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA).

Al respecto, en el marco de su comparecencia ante el Pleno de la Cámara de Diputados, Rogelio Ramírez de la O, el secretario de Hacienda, mencionó que con el programa de regularización fiscal esperan quitar una parte de la cartera vencida.

Antes era condonación, ahora es estímulo; el punto es recaudar más recursos económicos

Luis Pérez de Acha, especialista en derecho fiscal y constitucional, mencionó a Reporte Índigo que las facilidades están destinadas para el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto sobre la Renta (ISR). No obstante, declaró que a lo que “ahora le llamaron estímulo fiscal, antes era condonación. Al final es lo mismo”.

“Hay un esquema de facilitación para motivar a los contribuyentes a que paguemos los créditos fiscales adeudados, es una señal muy clara de que el gobierno anda urgido de liquidez”, comentó.

El especialista en materia fiscal consideró que la propuesta es una “ganar-ganar” tanto para el gobierno como para los contribuyentes. “El gobierno federal hace efectivo el pago de unos adeudos castigados y por el otro lado los contribuyentes nos liberamos de contingencias fiscales, asumiendo el costo de no ir a juicio”.

Pérez de Acha agregó que en la ILIF 2025 se está poniendo sobre la mesa que los contribuyentes evalúen si conviene pagar el adeudo “considerando que el gobierno federal está dispuesto a hacer quitas estructurales, es una invitación a pagar”.

Por su parte, Jesús Rodríguez Ambriz, experto en temas fiscales, comentó a este medio que generalmente las multas son más caras que los propios adeudos. “Resulta que a veces es hasta 70 por ciento más que el adeudo que originó la multa”.

“Es una facilidad al contribuyentes, con esta facilidad le pueden condonar las multas al 100 por ciento y por ende pagar la deuda. En pocas palabras, Hacienda lo que quiere es recuperar el adeudo y no las multas, recargos y actualización”, dijo.

También aseguró que el límite de 35 millones de pesos anuales es razonable debido a que las pequeñas y medianas empresas (pymes) entrarían en el rango. Además de que con lo propuesto los grandes contribuyentes están fuera de la propuesta de las autoridades hacendarias.

Estímulo a transacciones aduaneras, un punto relevante

Rodríguez Ambriz declaró que lo interesante de la propuesta plasmada en la ILIF 2025 es que el estímulo fiscal también está dirigido para multas impuestas en servicios aduaneros y de comercio exterior.

Una de las fracciones de la propuesta señala que en el caso de los adeudos con embargo precautorio de bienes se levantará el embargo y se procederá la entrega de los bienes, al momento de realizar el pago conforme el formulario.

“Cualquier pedimento que no se solvente en tiempo y forma te embarga la autoridad. Independientemente del embargo, eres acreedor a una multa por no haber metido la mercancía a la legislación mexicana y está aunado a las nuevas políticas de combatir el contrabando”, explicó Rodríguez Ambriz.

Otras acciones implementadas por el SAT

El estímulo fiscal a las multas, recargos y gastos de ejecución se sumaría a las facilidades otorgadas por el SAT en octubre para que los contribuyentes reduzcan sus multas hasta en 100 por ciento.

Hace un mes, el SAT informó que los contribuyentes pueden solicitar una reducción de hasta 100 por ciento  en sus multas. No obstante, la disminución será dependiendo de la antigüedad de la multa, también se considera una reducción a la tasa de recargos.

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