Tras darle seguimiento a una petición la Comisionada Josefina RománVergara destaca que es obligación de la autoridad sanitaria dar a conocer las pruebas científicas que demuestren la seguridad y eficacia de las copas menstruales. Foto: Pexels

INAI pide que Cofepris acredite seguridad de copa menstrual

El INAI pide que la Cofepris de a conocer las pruebas de citotoxicidad y todas las que acrediten la seguridad de la copa menstrual autorizada con el Registro Sanitario N. 0069C2021

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) pidió a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) que debe dar a conocer las pruebas de citotoxicidad y todas las que acrediten la seguridad de la copa menstrual autorizada en el Registro Sanitario N. 0069C2021.

La Comisionada Josefina Román Vergara subrayó que este caso muestra la manera en que el derecho de acceso a la información pública ayuda a ganar la batalla a la desigualdad, propiciando la garantía del derecho a una menstruación digna, pues permite saber si los productos son seguros para cualquier persona menstruante.

Román Vergara expuso que los productos menstruales son indispensables y su acceso debe ser universal; sin embargo, muchos de ellos son desechables, costosos y, a largo plazo, generan condiciones que no son favorables al medio ambiente por la cantidad de plástico con los que son fabricados.

En este contexto, comentó que una alternativa es la copa menstrual, la cual es un dispositivo fabricado con silicona de grado médico y es reutilizable por varios años.

“Es obligación de la autoridad sanitaria dar a conocer las pruebas científicas que demuestren la seguridad y eficacia de las copas menstruales, pues con ello, se impulsa la llamada justicia menstrual, en tanto que se propicia la diversificación de los productos que puede utilizar este segmento de la población”, afirmó.

Obtención de un registro sanitario es necesario para proporcionar información científica y técnica

El INAI solicitó a Cofepris presentar las pruebas de seguridad de la copa menstrual después de que una persona solicitó la información y presentó un recurso de revisión, en el cual manifestó su inconformidad con la respuesta que la autoridad sanitaria proporcionó 13 fojas relacionadas con el registro sanitario en cuestión, que solo contienen datos de carácter administrativo.

Al analizar el caso y darle seguimiento la Comisionada advirtió que, de conformidad con el artículo 179 del Reglamento de Insumos para la Salud, para la obtención de un registro sanitario es necesario proporcionar la información científica y técnica para demostrar que el insumo reúne las características de seguridad y eficacia.

El Pleno del INAI revocó la respuesta de la Cofepris y le instruyó realizar una nueva búsqueda exhaustiva para entregar a la persona solicitante las pruebas de citotoxicidad y todas las que acrediten la seguridad de la copa menstrual autorizada con el registro mencionado.