La Comisionada Josefina Román Vergara precisó que el recurso de revisión contra la CRE permitirá garantizar a la ciudadanía el derecho de acceso a la información. Foto: Pexels

INAI pide a CRE informar precio por millón de metros cúbicos de gas mexicano

El INAI pidió que la CRE informe el precio por millón de metros cúbicos de gas mexicano, de enero de 2020 a septiembre de 2022

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) resolvió que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) informe el precio por millón de metros cúbicos de gas mexicano, de enero de 2020 a septiembre de 2022, ya sea por día o por mes.

“La Comisión Reguladora de Energía tiene la función principal de establecer reglas claras y promover la certeza legal y regulatoria para el mercado energético, con dos atribuciones principales: otorgar permisos y establecer tarifas. Lo anterior, resulta de vital relevancia pues un conocimiento claro de las facultades que se otorgan a dicha institución nos permitirá conocer con exactitud la información que genera”, señaló la comisionada Josefina Román Vergara.

La Comisionada Josefina Román Vergara precisó que el recurso de revisión contra la CRE permitirá garantizar a la ciudadanía el derecho de acceso a la información

Tras presentar el asunto ante el Pleno, la comisionada del INAI, Josefina Román Vergara precisó que el recurso de revisión interpuesto en contra de la CRE: “permite profundizar sobre la naturaleza de una institución especializada en materia energética y, en consecuencia, garantizar a la ciudadanía el derecho de acceso a la información; además de que las decisiones de la Comisión (…) inciden directamente en la competitividad y bienestar de nuestro país”, apuntó la comisionada.

En el caso en concreto, una persona solicitó cinco contenidos de información relacionados con el precio del petróleo y gas mexicano, así como la regulación de hidrocarburos, a decir: precio del barril de petróleo mexicano; normativa para poder hacer el análisis por mes o por día; precio por millón de metros cúbicos de gas mexicano; nombre completo de las siglas MCPCD; y las metodologías, parámetros y lineamientos que podrán servir de referencia para determinar el porcentaje a que se refiere el artículo 101, de enero a septiembre de 2022.

El sujeto obligado manifestó su incompetencia para entregar lo solicitado, lo que motivó la inconformidad de la persona recurrente y la presentación de un recurso de revisión ante el INAI.

En vía de alegatos, el sujeto obligado reiteró su incompetencia respecto de los requerimientos vinculados al petróleo y los hidrocarburos; sin embargo, por lo que se refiere al precio por millón de metros cúbicos de gas mexicano, proporcionó un vínculo electrónico con la información sobre dicho requerimiento.

Josefina Román Vergara advirtió que la decisiones de la CRE impactan en el precio de la gasolina, inflación, recibo de la luz y en el bolsillo de los mexicanos

En el análisis realizado por la ponencia a cargo de Josefina Román Vergara se concluyó que el agravio del particular resulta parcialmente fundado al determinarse que, a pesar de que el sujeto obligado no es competente para dar atención a los contenidos vinculados con el precio del barril de petróleo y la regulación de hidrocarburos, sí lo es respecto al precio en metros cúbicos del gas, a través de las unidades administrativas específicas para tal efecto.

Josefina Román Vergara advirtió que la CRE sí es competente para conocer sobre precios, descuentos y volúmenes en materia de comercialización de gas: “Creemos firmemente que a través del ejercicio del derecho de acceso a la información sí podemos y debemos conocer y exigir cómo es que se determinan y regulan los precios de un recurso natural de tal relevancia (…) Las decisiones de la Comisión impactan en el precio de la gasolina, la inflación, en el recibo de la luz, entre otros, es decir, impactan en el bolsillo de las y los mexicanos.

Por unanimidad, el Pleno del INAI determinó modificar la respuesta del sujeto obligado a efecto de que realice una búsqueda exhaustiva, en todas las unidades administrativas competentes, y proporcione la expresión documental que dé atención a lo solicitado.