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Ordena Tribunal a Escobedo restituir concesión a empresa

El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, del Cuarto Circuito, declaró inconstitucional la revocación de la concesión al servicio de recolección de basura que efectuó el Municipio de Escobedo.

El Ayuntamiento revocó la concesión en 2010 a la empresa Recolección y Disposición de Desechos S.A. de C.V.

De acuerdo a la revisión de amparo número 137/2014, solicitada por la empresa, el Tribunal decretó que el Municipio tendrá que pagar el adeudo a la empresa, que se estima sea de alrededor de 17 millones de pesos, sin intereses.

El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, del Cuarto Circuito, declaró inconstitucional la revocación de la concesión al servicio de recolección de basura que efectuó el Municipio de Escobedo.

El Ayuntamiento revocó la concesión en 2010 a la empresa Recolección y Disposición de Desechos S.A. de C.V.

De acuerdo a la revisión de amparo número 137/2014, solicitada por la empresa, el Tribunal decretó que el Municipio tendrá que pagar el adeudo a la empresa, que se estima sea de alrededor de 17 millones de pesos, sin intereses.

“Con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 80 de la Ley de Amparo anterior, el amparo y la protección de la justicia federal  es para el efecto de que le sea restituido su derecho de concesión del servicio público de recolección de residuos no sólidos, que le es restringido por el Municipio” dice el texto de la notificación.

El municipio tendrá que pagar facturas desde  2009 y 2010, pues  dejó de pagar durante toda la administración de Margarita Martínez y Clara Luz Flores.

Pero puede haber indemnización del periodo en que se le imposibilitó la concesión a la empresa, es decir, el pago de varios años más del servicio.

Dentro del dictamen, el Tribunal Colegiado también exige que poco a poco se le devuelva la concesión a Recolección y Disposición de Desechos S.A. de C.V., esto para no afectar a la ciudadanía de Escobedo en el servicio de recolección de basura.

“La empresa concesionaria reasuma el control de la recolección de la basura en los términos pactados.

“Y por tanto, la propia autoridad municipal, en congruencia y concordancia con la empresa, deberá entregar total o paulatinamente ese control, a efecto de que no se provoque un problema social a la comunidad, por la desatención en ese servicio público de recolección”.

Recolección y Disposición de Desechos S.A. de C.V. deberá, a fin de ser restituida en el pleno goce de la garantía violada, tener la libertad de realizar de inmediato el trabajo encomendado, siempre y cuando estuviera preparada en estos momentos para ello.

Y si tuviera un impedimento material o económico, deberá informar al Ayuntamiento y convenir con él, para que ninguna de las partes genere un problema de desatención en dicho servicio, en la medida en que, la colectividad debe ser atendida por uno u otro, o por ambos.

La empresa tuvo que recurrir al Tribunal Colegiado, luego de que el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Nuevo León, negó el juicio de amparo indirecto número 286/2010. 

Esta no es la primera vez que Escobedo pierde ante una instancia judicial un juicio, ya que el Tribunal de Justicia Administrativa en el Estado ordenó la destitución del tesorero Raphael Martínez Gonzáles, por incurrir en desacato de una sentencia.

Esto, luego de que Martínez Gonzáles negó cumplir una sentencia que ordenó el pago de un adeudo, pero se llegó a un acuerdo para liquidarlo. 

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