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Un Metro de secretos

Desde el 2010 un funcionario del grupo de Marcelo Ebrard Casaubón previó que el millonario contrato por la renta de 30 trenes de Línea 12 podría generar una controversia entre CAF y el Gobierno del Distrito Federal (GDF) que los confrontaría en tribunales.

Después de haber discutido la utilidad de incluir el arbitraje de la Cámara Internacional de Comercio, la Oficialía Mayor del GDF, lo autorizó
A iniciativa del subdirector de Finanzas del GDF se incluyó una cláusula que garantizaba tratar disputas con un organismo internacional 
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Desde el 2010 un funcionario del grupo de Marcelo Ebrard Casaubón previó que el millonario contrato por la renta de 30 trenes de Línea 12 podría generar una controversia entre CAF y el Gobierno del Distrito Federal (GDF) que los confrontaría en tribunales.

Por ello, anticipando que el millonario Proyecto de Prestación de Servicios (PPS) para la renta de 30 trenes podría desatar un pleito futuro entre CAF y el Sistema de Transporte Colectivo Metro (STC), la Oficialía Mayor, encabezada por el hoy diputado local Adrián Michel Espino, autorizó incluir en el contrato una cláusula arbitral.

El servidor público que solicitó la inclusión de dicha cláusula arbitral y que advirtió desde ese año un posible pleito entre las partes beneficiadas con ese contrato (CAF-STC-GDF) fue Juan Carlos Mercado Sánchez, quien firmó los documentos en su calidad de subdirector general de Administración y Finanzas del STC.

Mercado Sánchez pidió que se asignara a la Cámara de Comercio Internacional (CCI) como árbitro en caso de que CAF, el Metro o el Gobierno del Distrito Federal (GDF) emprendieran una disputa.

Así lo argumentó el subdirector de Finanzas al entonces Oficial Mayor, Adrián Michel:

“La CCI es la principal institución mundial especializada en la solución de controversias, incluso en un contexto nacional, las partes pueden preferir la utilización de dicho procedimiento por ser más ágil y menos costoso que el procedimiento judicial”.

El arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional reúne estas dos ventajas (la agilidad, y el costo comparado con un procedimiento judicial), así como una garantía de confidencialidad y de libertad de las partes para elegir los árbitros, la sede del arbitraje, las normas de derecho aplicables y el idioma del procedimiento”, explicó Mercado.

Dicha clausula de arbitraje, según explica el oficio enviado a Adrián Michel, permitiría la solución en caso de surgir cualquier controversia o desavenencia relacionada con el contrato número STC-CNCS-009/2010 por la renta de un lote de 30 trenes nuevos de rodadura férrea que circularían en la Línea Dorada.

“(excepto aquellas que deban ser resueltas por un perito independiente conforme a la cláusula 15.3 del presente contrato), incluyendo cualquier desavenencia relacionada con la competencia del perito independiente para resolver una determinada controversia, o en la existencia de fraude, mala fe o error manifiesto en la resolución de un perito independiente, las partes acuerdan expresamente someterse definitivamente a arbitraje administrado por la Cámara de Comercio Internacional”, explica el documento enviado por Mercado Sánchez al entonces oficial mayor Adrián Michel el 29 de abril de 2010.

Finanzas pide árbitro internacional

El 29 de abril de 2010, a través del oficio SGAF/50000/095/10, el subdirector general de Administración y Finanzas, Juan Carlos Mercado, le solicitó a Adrián Michel que autorizara incluir al contrato millonario la cláusula de arbitraje.

Así se lo planteó en el oficio:

“Me permito poner a su consideración la cláusula de arbitraje correspondiente, para que en caso de así considerarlo, se otorgue la opinión favorable por parte de esa dependencia (Oficialía Mayor)”.

Y es que, la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, en su artículo 13, establece que las controversias que se susciten con motivo de la interpretación y aplicación en el ámbito administrativo de la Ley serán resueltas por la Contraloría.

El citado artículo 13 puntualiza que en lo relativo a las controversias en la interpretación de los contratos, convenios y actos que de estos se deriven, y que hayan sido celebrados con base en esta Ley, serán resueltas por los Tribunales competentes del Distrito Federal, salvo que se haya estipulado cláusula arbitral.

Sin embargo, la norma especifica que se podrá pactar la cláusula arbitral en los contratos y convenios, previa opinión de la Oficialía.

En ese momento que Mercado Sánchez pedía a Oficialía Mayor dicha autorización, la empresa española CAF México S.A de C.V., ya había sido notificada mediante oficio SGAF/50000/09 del 22 de septiembre de 2009, la adjudicación del millonario contrato para la renta de un lote de trenes de rodadura férrea.

Porque a decir del entonces director del Metro, Francisco Bojórquez, “la compañía CAF México es quien ofrece las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento y oportunidad”.

Después de la adjudicación se afinaban los detalles del contrato, y entonces, por instrucciones de Adrián Michel, después de recibir el primero oficio de abril, ya mencionado, el 17 de mayo Silvia Marcela Arriaga Calderón, directora ejecutiva de Apoyo Jurídico de la Oficial Mayor del GDF, requirió mediante oficio a Juan Carlos Mercado le explicara cuáles eran las razones específicas del contrato que generaban la necesidad de establecer una cláusula arbitral.

Y por qué no, en su caso, establecían la competencia de los tribunales ordinarios para dirimir las controversias que se suscitaran  entre las partes actoras del PPS por mil 588 millones de dólares para la renta de los 30 trenes.

En el punto B, la directora ejecutiva de la Oficialía que dirigía Adrián Michel, cuestionó a Mercado, tesorero del STC Metro:

¿Por qué se elige a la Cámara de Comercio Internacional (CCI) para dirimir el acuerdo arbitral y por qué no someterse al Centro de Arbitraje de México (CAM), que prácticamente tiene el mismo procedimiento que la Cámara de Comercio Internacional (CCI)?

La funcionaria le hizo saber a Mercado que en caso de que alguna de las partes involucradas en el millonario contrato optara por iniciar algún procedimiento, o inconformarse, se tendrían que pagar los honorarios al Tribunal Arbitral, mismos que tasaría la CCI y que no podrían ser objeto de negociación entre las partes, según lo establece el propio reglamente de la Cámara Internacional.

“Lo que implicara una erogación, en su caso, para el Sistema de Transporte Colectivo en el supuesto de actualizarse el arbitraje y cuyo pago sería una cantidad considerable no en moneda nacional”.

En el último de los cuatro puntos observados, Silvia Marcela Arriaga le pide al funcionario del Metro que expresamente incluyera en la cláusula arbitral del contrato que, en caso de controversia, lo árbitros deban ser peritos en derecho mexicano.

La prevista controversia, llegó

¿Por qué el subdirector de Administración y Finanzas del STC, Juan Carlos Mercado Sánchez, anticipó desde 2010 que podría presentarse un litigio con CAF derivado del millonario contrato de renta de trenes?

Cuatro años después de que Mercado Sánchez predijera esa circunstancia y buscara la inclusión de la cláusula arbitral, el STC Metro y la empresa CAF se encuentran en un momento muy delicado que pone en riesgo el contrato mil 588 millones de dólares. 

Esto debido a que la incompatibilidad entre trenes y vías es uno de los principales factores que propiciaron el desgaste ondulatorio y el cierre parcial de la Línea 12, según adelantó la dictaminadora Systra en su informe preliminar.

Aunque CAF ha declarado completa disposición para solucionar el problema, tampoco se le ve dispuesta a aceptar el diagnóstico de Systra, que señala en primer punto la incompatibilidad de los trenes con las vías. 

Así las cosas, aquella controversia que previó Mercado, por la que urgía anexar la cláusula arbitral al contrato, podría volverse una realidad, al punto de que CAF y STC Metro recurran a la intervención de un árbitro.

Oficialía Mayor lo aprueba

El 26 de mayo de 2010 la Oficialía Mayor que entonces encabezaba el hoy diputado Adrián Michel, autorizó la inclusión de la cláusula arbitral al contrato vía PPS para la renta de los 30 trenes. 

El documento de autorización lo firma la directora ejecutiva de Apoyo Jurídico de la Oficial Mayor del GDF, Silvia Marcela Arriaga Calderón.

A la letra, el documento en poder de Reporte Índigo puntualiza:

“Esta Oficialía Mayor en virtud de los razonamientos señalados en su oficio, considera factible la inclusión de la cláusula arbitral en el contrato señalado, a efecto de garantizar fundamentalmente los intereses del Sistema de Transporte Colectivo y en última instancia, del Gobierno del Distrito Federal”.

Sin embargo, Adrián Michel y a través de su equipo se vacunaron en contra de cualquier alcance contenido dentro del PPS.

Así lo especifica el mismo documento en el que se señala que solo se autoriza incluir la cláusula arbitral como forma de negociación entre las partes en caso de que se presentara alguna controversia.

“Se precisa que se autoriza únicamente la inclusión de la referida cláusula, en tanto forma de negociación entre las partes para solucionar las controversias que la misma precisa, por lo que el contenido íntegro del contrato es responsabilidad exclusiva del Sistema de Transporte Colectivo”, subraya el oficio DEAJ/344/2010 firmado por Arriaga con copia para Adrián Michel Espino, en su calidad de Oficial Mayor.

Hoy el ex oficial mayor es uno de los  defensores de Marcelo Ebrard Casaubón respecto a la polémica que envuelve a la Línea Dorada desde que fue cerrada.

Como integrantes de la Comisión Especial que investiga las irregularidades de la Línea 12, Adrián Michel del PRD ha sostenido desencuentros principalmente con sus similares del PAN y con el actual director del Metro, Joel Ortega Cuevas.

Desde el pasado abril los panistas Héctor Saúl Téllez y Christian Von Roerich han solicitado que Michel se disculpe en dicha comisión porque se ha desempeñado como férreo defensor de la pasada administración.

“Encontramos que hay un claro conflicto de intereses del diputado Adrián Michel a la hora de participar en las investigaciones que lleva a cabo la Comisión Especial de la Línea 12, que se ha conformado en la Asamblea Legislativa

“Adrián Michel fue funcionario directo del gobierno de Marcelo Ebrard y ocupó  el cargo de Oficial Mayor. El artículo 7 del Estatuto Orgánico del Sistema de Transporte Colectivo Metro, le daba un espacio como Oficial Mayor para participar en la toma de decisiones, es evidente que participó en la toma de decisiones y hoy tiene un claro conflicto de interés”, acusaron los albiazules.

De hecho, en la pasada reunión de dicha Comisión Especial en la que se confrontaron CAF y Systra, el panista Héctor Saúl Téllez acusó al diputado Adrián Michel de haber recibido tajada en el PPS que la pasada administración le entregó a CAF vía adjudicación directa por mil 588 millones de dólares.

A Michel ya se le olvidó…

Este medio buscó al diputado local Adrián Michel para conocer su opinión respecto a la autorización de la cláusula arbitral.

Michel asegura no recordar haber autorizado aquel procedimiento al subdirector general de Administración y Finanzas del STC, Juan Carlos Mercado.

Primero se empeñó en saber si el documento del que se le preguntaba estaba firmado de su puño y letra, luego, si se había violado alguna Ley. Reproducimos el diálogo:

A.M: “No, por supuesto que no recuerdo haber firmado eso. Es un oficio que firma la directora jurídica ¿no? No lo firmo yo. Lo hace ella, no lo hago yo. 

R.I.: Se le envió a usted el documento.

A.M: ¿Esto qué normatividad viola? ¿Y por qué la Oficialía Mayor participó directamente en eso?

…No, no recuerdo. ¿Está firmado directamente por mí?

No obstante, el diputado sí reconoció a Silvia Marcela Arriaga como su directora ejecutiva en la Oficialía Mayor.

R.I: ¿Reconoce como su directora ejecutiva a Silvia Marcela Arriaga?

A.M: Sí, claro.

R.I: ¿Por qué desde ese momento previó una controversia Juan Carlos Mercado?

A.M: Porque participaron en el proceso empresas extranjeras, internacionales, supongo que es por ello ¿no? Es normal en todos los contratos, cuando se hace un contrato de esta naturaleza, se prevé prácticamente en cualquier contrato.

R.I: Nos llama la atención en la insistencia de que se ventilara en la CCI cuando la Oficialía Mayor conminó a que fuera el Centro de Arbitraje Mexicano.

A.M: Tendría que revisar el caso porque no lo recuerdo.

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