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Ocultan negligencias médicas

En los últimos años la Secretaría de Salud Jalisco (SSJ) se ha visto involucrada en secrecía en cientos de pugnas con usuarios y sus familiares, tras verse afectados por servicios deficientes y negligencias médicas. 

Tan sólo durante los años 2013 y 2014 los archivos oficiales arrojaron 83 casos de fallecimientos en los que el personal médico de la SSJ fue señalado como el causante de los decesos; 52 en el primero y 31 en el año que corre. 

"Son muchos casos, esto es innegable, son muchos casos y es verdaderamente preocupante"
Salvador Chávez RamírezComisión de Arbitraje
Médico de Jalisco
Al haber indemnización de la aseguradora se evita la presentación de denuncias penales y demandas civiles y de responsabilidad patrimonial contra la Secretaría de Salud de Jalisco
http://youtu.be/vCaIV0NVnDA

En los últimos años la Secretaría de Salud Jalisco (SSJ) se ha visto involucrada en secrecía en cientos de pugnas con usuarios y sus familiares, tras verse afectados por servicios deficientes y negligencias médicas. 

Tan sólo durante los años 2013 y 2014 los archivos oficiales arrojaron 83 casos de fallecimientos en los que el personal médico de la SSJ fue señalado como el causante de los decesos; 52 en el primero y 31 en el año que corre. 

Podrían ser muchos más, pues la Secretaría de Salud Jalisco ha estado enfrentando todas estas acciones legales en su contra a través de una firma de seguros. Esto le permitía negar la existencia de los hechos y resguardarlos en opacidad, aduciendo que el único registro de siniestros disponible estaba en poder de la compañía. 

Los datos de 2011 al 2014 revelan 376 eventos donde hubo errores médicos de la SSJ: 209 de éstos están clasificados como “Negligencia en atención a paciente”; 48 como “Negligencia en cirugía”; 23 como “Otras lesiones”; dos como “Negligencia en atención a bebé”; dos como “Negación de servicio”; y nueve que no fueron especificadas, más los ya referidos fallecimientos. 

Las fallas de la SSJ también le cuestan muy caro al contribuyente. Todos estos daños que se causaron a los usuarios por el personal de la institución se valuaron en 16 millones 884 mil 852 pesos, de los cuales se habrían pagado al menos 6 millones 412 mil 707 pesos en indemnizaciones cubiertas por la aseguradora Afirme, tras negociar con el quejoso. 

Para ello, la SSJ tuvo que pagarle a la empresa por sus servicios (la póliza) 2 millones 433 mil 485 pesos en 2012; un millón 946 mil 833 pesos en 2013, y un millón 220 mil 760 pesos en 2014 hasta junio: en total, 5 millones 601 mil 78 pesos. 

El organismo público dice desconocer, sin embargo, cuántos casos de negligencias médicas se dieron de 2007 al 2010, es decir, cuántas atenciones con deficiencias y de qué tipo, debido a que en ese tiempo tenía otra aseguradora, el Grupo Mexicano de Seguros, quien se quedó con toda esa información y a la cual la SSJ ya no tiene acceso. 

Así lo reconoce la Dirección General de Administración, en el oficio SSJ.DGA.1821/2014:

“En lo referente a los años 2007 a 2010 no se cuenta con información, ya que la empresa aseguradora que prestaba el servicio en dicho lapso no la proporcionó y actualmente no se tiene ningún tipo de relación con dicha empresa”. 

Los daños infligidos por los fallecimientos donde se señala la responsabilidad del personal de la SSJ durante 2013 y 2014, fueron valuados en un millón 598 mil 508 pesos, aunque los montos erogados luego de los acuerdos con los usuarios se concretan a un millón 355 mil pesos. 

Todas las muertes

La base de datos sobre siniestros de la firma de seguros y único referente en la materia de la SSJ no precisa la cantidad de muertes que se le atribuyen a la dependencia durante 2011 y 2012, debido a que la clasificación de los “errores médicos” es más genérica, y no presenta el mismo nivel de detalle que 2013 y 2014.  

Esta falta de información impera también de 2007 a 2010 por el motivo expuesto con anterioridad: el cambio de empresa de seguros. 

La SSJ sólo reconoce como negligencias médicas los asuntos que llegan a una resolución judicial de tipo penal, y como esto nunca se ha dado, al menos desde 2007 hasta hoy, dice tener un récord perfecto. 

El director de Asuntos Jurídicos, Fernando Letipichía Torres, mencionó en entrevista con Reporte Indigo al respecto:

“No son casos de negligencia porque no hay alguna determinación judicial”, y las decenas de fallecimientos, por tanto, “se puede creer que hubo alguna cosa que no estuvo aplicada correctamente, pero no necesariamente tiene que decir que eso sea una negligencia médica, que haya sido consecuencia de alguna alergia o algo, no soy médico para dar esos datos”. 

La terminología oficial de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (Conamed) es mucho más simple: un error médico se da por tres motivos: impericia, imprudencia o negligencia (descuido u omisión), siempre sin dolo (intención). 

Por eso la aseguradora sólo protege a la SSJ por errores médicos, es decir, deben ser hechos no dolosos, por “culpa negligente (descuido)” o “imperita (carecer de pericia)”. El monto máximo por empleado son 3.5 millones de pesos, y si son pasantes, 1.5 millones. 

Además de imprecisa, la decisión de la SSJ por catalogar como negligencia solamente los asuntos judicializados, da lugar a una cifra negra, pues como lo acepta el propio director jurídico, las indemnizaciones de la aseguradora evitan la presentación de denuncias penales y demandas civiles y de responsabilidad patrimonial contra la SSJ, o su continuación. 

Es decir, no hay resoluciones judiciales porque se paga para que no haya. 

Más grave aún, si la negociación de la aseguradora y su indemnización llevan a que se dé por terminado el caso, éste nunca es investigado para dilucidar con certeza qué pasó y quién cometió el error médico para sancionarlo, pues se deja fuera a la Comisión de Arbitraje Médico de Jalisco (Camejal). 

“Cuando se llega a un acuerdo entre la compañía aseguradora y en este caso el demandante, con una indemnización, supongo que ahí se cierran las cosas, lo que no conozco es el procedimiento que la SSJ usa para seguir probablemente esa investigación al interior de su misma estructura de servicio, eso no lo sé”, dice el titular de la Camejal, Salvador Chávez Ramírez. 

Un expediente resuelto por la Camejal tiene un abordaje del todo distinto al que llega a manos de la aseguradora: la primera está obligada a ser un árbitro imparcial entre el usuario y la institución, pero en el segundo de los casos es diferente. 

“Lo que le importa es defender a ultranza las posibilidades de defensa tanto de la institución como del profesional o trabajador de la SSJ; nosotros no, lo que usamos es el criterio de la imparcialidad siempre”, indicó Chavez Ramírez. 

Es evidente, sin embargo, que la articulación entre la SSJ, la firma y la Camejal no corre sobre ruedas. Mientras el jurídico de la SSJ da por sentado que en los asuntos atendidos por la aseguradora interviene la Camejal, su titular aclara:

“Nosotros de ninguna manera hacemos partícipes de esto a esa compañía aseguradora, porque la Camejal con su carácter de autonomía, con quien tiene el acuerdo es con la SSJ, si quiere informar a esta aseguradora del caso nosotros estamos fuera de esa decisión. 

“No trabajamos con esa aseguradora ni la atendemos, nosotros atendemos al quejoso y al representante de la SSJ”. 

Todas las vidas

Los 83 fallecimientos por errores médicos del personal de la SSJ son de preocupar para la Camejal.

“Son muchos casos, esto es innegable, son muchos casos y es verdaderamente  preocupante lo que en algunos momentos ha pasado.

“Tenemos también una importante cantidad de quejas por muertes que se dan en los espacios o unidades de la SSJ; algunos de esos no han llegado por queja del usuario, sino a petición de la SSJ que nos pide un dictamen técnico”.

En 2013 la Camejal recibió siete quejas contra la SSJ por haber causado decesos de pacientes, y otras cinco en 2014. En las investigaciones del 2013 se señaló la responsabilidad del personal en dos expedientes; en las de 2014 se hallaron problemas de gestión en un par de casos que influyeron en las muertes:

“La conclusión fue que hubo un problema de insumos, no inherente a la decisión de una persona, sino del procedimiento de la infraestructura y de los servicios o insumos que se tuvieron. 

“Hay sólo un caso donde se señala la posibilidad de una o dos personas que cometieron errores de la atención que pudieron haber originado la defunción”.

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