Expropiación de transporte en Ley de Movilidad

El proyecto de la nueva Ley de Movilidad que podría aprobarse este miércoles contempla la creación del Instituto Estatal de Movilidad y Accesibilidad, órgano facultado para decomisar vehículos por tres causas
Jesús Padilla Jesús Padilla Publicado el
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El dictamen de la nueva Ley de Movilidad, que se aprobará este miércoles en lo general con más de 100 reservas en lo particular, establece facultades al gobernador Jaime Rodríguez Calderón para la requisa del sistema del transporte público.

El proyecto de decreto en poder de Reporte Índigo revela la creación del Instituto Estatal de Movilidad y Accesibilidad, nombrado por una Junta de Gobierno encabezado por el mandatario estatal, quien podrá expropiar vehículos, instalaciones y anuncios publicitarios.

El gobierno podrá quitar de forma anticipada las concesiones de transporte

El apartado IV del artículo 185, referente a la requisa del transporte público, menciona que la determinará el instituto, a fin de garantizar la prestación del servicio público de transporte y satisfacer las necesidades de la población en general. Esta expropiación podría aplicar bajo tres puntos:

“Por la alteración del orden público o cuando se prevea algún peligro inminente para la paz y seguridad interior del Estado; cuando prevalezca el deterioro de las condiciones de calidad, seguridad, oportunidad y permanencia así como la continuidad en la prestación del servicio público de transporte; y cuando se interrumpa la prestación del servicio público de transporte, sin causa justificada”, señala el proyecto.

Este artículo establece que el Gobierno de Nuevo León podrá indemnizar a los prestadores de servicio afectados con la requisa, con un previo avalúo de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado.

“Al término de cada uno de los plazos de la concesión, las obras, instalaciones y los bienes dedicados a la explotación de la concesión revertirán en favor del Estado”, dice el artículo 163 de este proyecto.

La requisa suspende los derechos del concesionario o permisionario, mas no sus obligaciones. Además, el Poder Ejecutivo podrá quitar de manera anticipada las concesiones.

“Para la terminación anticipada de las concesiones, se sujetará a las causales establecidas en esta Ley y se ajustara al procedimiento que se señale en el Reglamento, respetando las formalidades esenciales de los procedimientos”, explica el artículo 161.

Concesiones de transporte por año y rediseño en 2021

El proyecto que crea la Ley de Movilidad establece que las concesiones para el servicio del transporte público serán reguladas un año después de que entre en vigor este decreto, pero podrán participar los propietarios que actualmente tienen permiso.

Sin embargo, tendrán que cumplir con los requisitos que exige esta Ley, tales como modernizar los camiones en beneficio de la ciudadanía.

El artículo 174 señala que la vigencia de los permisos de emergencia del Sistema de Transporte Tradicional o Servicio de Transporte Metropolitano (camiones urbanos) no será mayor a un año.

“Mismo plazo en que el Comité Técnico y la Junta de Gobierno podrán preparar el otorgamiento de la concesión respectiva en caso de ser necesario”, detalla.

Según el artículo 175, el titular de la concesión tendrá derecho a su renovación en grado preferente en caso de que haya cumplido con sus obligaciones en calidad de permisionario, es decir, tener vehículos de vanguardia.

El coordinador de la bancada del PAN, Carlos de la Fuente, adelantó que el próximo año lanzarán licitaciones públicas para los transportistas.

Vamos a estar lanzado licitaciones públicas durante los siguientes 12 meses para ver quiénes se van a quedar con las rutas existentes o con las nuevas que va plantear el instituto
Carlos de la FuenteCoordinador de la bancada del PAN

La nueva Ley de Movilidad perfila un rediseño de las rutas para 2021, por lo que el próximo año se empezaría a trabajar para tener itinerarios para camiones urbanos.

“El rediseño de rutas e itinerarios, así como la implementación de plataformas digitales deberá realizarse al año de la entrada en vigor del presente decreto”, explica el apartado de artículos transitorios de este proyecto.

Además, el apartado VI del artículo 1 de esta ley señala que se tendrán que regular las concesiones para un uso adecuado y aprovechamiento de las vías e infraestructura.

“Regular las concesiones para la prestación de los servicios públicos de transporte de pasajeros, los contratos administrativos de operación, así como los permisos para la provisión de servicios para la movilidad y/o el transporte de carga en el Estado”, dice el dictamen.

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